La Corte Constitucional declaró inconstitucional la reforma que reglamentaba la cárcel perpetua para tal delito.
Con una votación de 6 contra 3, la Corte Constitucional de Colombia declaró este jueves (02.09.2021) inconstitucional la reforma que reglamentaba la cadena perpetua para los violadores de niños, que en un comienzo fue bien recibida por algunos sectores de la sociedad debido al constante número de casos denunciados.
La Sala acogió los argumentos de la ponencia de la magistrada Cristina Pardo, quien se mostró de acuerdo con los argumentos de una demanda presentada por el Grupo de Prisiones de la Universidad de los Andes.
En esencia, la querella sostenía que el Acto Legislativo por el cual se creó la ley de cadena perpetua desconocía la dignidad humana de los condenados.
Consideraban, además, que lo que se debe buscar es la resocialización como forma de garantizar la dignidad humana de los condenados y que el Estado debe garantizar los medios para lograr que los reclusos se reintegren a la sociedad.
Entre los argumentos que tuvo la Corte para tumbar la condena perpetua para los violadores de niños está que se sustituyó la Constitución y se violó el principio de no regresividad en derechos humanos.
Presidente Duque critica decisión
El presidente colombiano, Iván Duque, dijo en redes sociales que seguirá luchando por que se implante la cadena perpetua para los violadores de niños.
En junio de 2020, la plenaria del Senado aprobó, en último debate y con 77 votos a favor, la reforma constitucional para permitir la prisión perpetua para violadores y asesinos de niños, niñas y adolescentes.
Posteriormente, el 22 de julio, el presidente sancionó esa ley que endurecía las penas contra este tipo de crímenes.
En esa ocasión Duque aseguró que «debemos tener como sociedad cero tolerancia contra cualquier abuso, violación o asesinato de un niño, niña o adolescente», aseveró Duque durante la sanción de la ley y aseguró que «hoy estamos marcando un hito en nuestro país».