Cestaticket y bono de guerra se indexarán cuando lo «ordene» el Ejecutivo, según Gaceta

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El ajuste mensual de los montos fijados para el cestaticket y el bono de Guerra Económica, que quedan a discreción del Ejecutivo, se harán «tomando como referencia el tipo de cambio publicado por el Banco Central de Venezuela». Pero la Gaceta no aclara cuál es el tipo de cambio (euros, dólares) o la fecha que establecerá el gabinete de Maduro para hacer los ajustes

TalCual

Con 12 días de retraso apareció la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.746, de fecha 1 de mayo de 2023, donde el gobierno de Nicolás Maduro estableció el aumento del cestaticket y el bono de Guerra Económica, cuyos montos podrán variar de forma mensual dependiendo del tipo de cambio –que no se aclara si son dólares– publicado por el Banco Central de Venezuela y si así lo establece el Ejecutivo.

En el artículo 1° del decreto N° 4.805, el nuevo monto del cestaticket (1.000 bolívares) quedó establecido para trabajadores y trabajadoras de la administración pública y el sector privado; mientras que el bono de Guerra Económica se pagará mensualmente solo a los trabajadores del sector público, tanto activos como jubilados, al igual que los pensionados del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales.

En el caso de los trabajadores activos, el bono de Guerra Económica quedó fijado en 750 bolívares, mientras que a los jubilados se les cancelarán Bs 1.225. Los pensionados del IVSS solo cobrarán Bs 500 sino pertenecen a una nómina de la administración pública.

El ajuste mensual de los montos fijados para el cestaticket y el bono de Guerra Económica, que quedan a discreción del Ejecutivo, se harán «tomando como referencia el tipo de cambio publicado por el Banco Central de Venezuela».

Pero la Gaceta no aclara cuál es el tipo de cambio (euros, dólares) o la fecha que establecerá el gabinete de Maduro para hacer los ajustes.

Nicolás Maduro, vía decreto, también hizo cambios en el concepto del ingreso mínimo mensual, que ahora incluirá «la suma total de todos los conceptos asociados al salario de los trabajadores y trabajadoras, con o sin incidencia salarial, y aquellos beneficios otorgados a dichos sujetos con la finalidad de incrementar la protección social del pueblo venezolano, incluidos los conceptos de Cestaticket socialista y el Bono contra la Guerra Económica, a fin de facilitar el cálculo, registro, análisis, revisión y ajuste integral, armónico y coordinado de estos conceptos».