La deportación acelerada o expedited removal es una de las nomenclaturas más repetidas estos días al hablar de asuntos migratorios, y una de las más temidas por parte de los arrestados del Servicio de Control de Inmigración y Aduanas (ICE). Se trata del proceso que permite a las autoridades la expulsión rápida de ciertos extranjeros sin que estos puedan gozar antes de una audiencia en un tribunal de inmigración.
Aprobada en 1996 durante la presidencia de Bill Clinton, este procedimiento ha permitido la remoción de inmigrantes que entraron de forma irregular y llevan menos de dos años en el país. Actualmente, recae sobre extranjeros que ingresaron sin inspección (por tierra o mar), a los que nunca se les concedió libertad condicional (o parole), y fueron capturados en cualquier lugar del país sin demostrar un ingreso legal durante los dos años anteriores a la determinación del funcionario de inmigración. Una vez que un agente de ICE o de la guardia fronteriza (border patrol) determina que un extranjero está sujeto a una expulsión acelerada, este ordenará la activación del proceso.
Según datos del American Immigration Council, el uso del expedited removal alcanzó su punto máximo en el año fiscal 2013 (bajo la presidencia de Barack Obama, apodado por activistas a favor de los migrantes como Deporter-in-Chief o deportador en jefe), cuando aproximadamente 197.000 personas fueron removidas de Estados Unidos bajo este mecanismo, lo que representó el 46% de las 432.000 expulsiones de ese año.
Durante la Administración Biden, entre los años fiscales 2020 y 2023, esta práctica disminuyó por la entrada en vigor del Título 42 (la política sanitaria aplicada durante la pandemia que permitió la expulsión rápida de migrantes sin acceso al asilo). Desde que este finalizó en mayo de 2023, un promedio de 20.000 migrantes han sido deportados cada mes a través de este mecanismo.
La entrevista de miedo creíble
A diferencia de otras órdenes de deportación, la de expulsión acelerada normalmente no se puede apelar y conlleva una prohibición de reingreso de cinco años en la mayoría de los casos. La única forma de frenarla es que el inmigrante en cuestión exprese temor a la persecución o la tortura si es devuelto a su país de origen. En este sentido, el agente debe remitirlo a una entrevista de miedo creíble, y si el funcionario de asilo determina que la persona ha demostrado con éxito el mismo, el oficial revocará la orden de expulsión acelerada, lo que le permite al extranjero la solicitud de protección mediante los procedimientos de expulsión ordinarios.
Cuando el migrante no puede demostrar un temor creíble de regresar, la orden de deportación acelerada se mantiene. El inmigrante puede impugnar la decisión solicitando una audiencia ante un juez de inmigración, quien debe revisar el caso en las siguientes 24 horas, o hasta 7 días después. La revisión del juez se limita únicamente a evaluar si el temor de la persona es legítimo.
En algunas circunstancias, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) opta por conceder la libertad condicional a estas personas mientras sus casos siguen pendientes, pero la mano dura de la Administración Trump ha negado esta posibilidad en la mayoría de los casos.
Deportaciones erróneas y sin acceso al asilo
Uno de los principales problemas de las deportaciones aceleradas es la falta de controles. El informe del American Immigration Council advierte que este mecanismo le permite a los agentes de ICE actuar bajo el rango de fiscal, y de juez al mismo tiempo, al emitir la decisión final sobre el caso. “Generalmente, todo el proceso consiste en una sola entrevista mientras el extranjero está detenido, por lo que hay poca o ninguna oportunidad de consultar con un abogado o de recabar pruebas que puedan evitar la deportación”, se lee en el reporte.
Por otro lado, este procedimiento aumenta la probabilidad de que una persona que no debería estar sujeta a la deportación acelerada, como un ciudadano estadounidense, un residente permanente o cualquier persona que se encuentre en el país con una visa temporal o protección migratoria, sea deportada por error, como ya ocurrió con el sonado caso del salvadoreño Kilmar Abrego García. Asimismo, los migrantes que serían elegibles para solicitar un “alivio de la deportación” (para argumentar su permanencia en Estados Unidos) ante una corte de inmigración, pueden verse injustamente privadas de obtenerlo.
El Gobierno de Trump no ha proporcionado una debida evaluación del temor de todos los migrantes que lo han solicitado, los han ignorado. Así lo denunció Human Rights Watch con el caso de los 200 deportados a Costa Rica, originarios de Afganistán, Armenia, Azerbaiyán, China, Irán, Rusia, Turquía, Uzbekistán, Vietnam y Yemen; detenidos en condiciones “abusivas” y sin derecho al asilo.
Precisamente, en las últimas semanas se han producido una ola de arrestos a las afueras de las cortes, luego de que cientos de casos han sido desestimados por jueces de migración que han aceptado mociones por parte de fiscales del Gobierno. Es importante apuntar que los jueces en temas migratorios dependen del Ejecutivo.
Ausencia de revisión judicial
Las personas sometidas a expulsión acelerada generalmente no tienen derecho a impugnar su deportación ante un tribunal federal, debido a las disposiciones de despojo de jurisdicción de la ley de 1996 que creó el proceso. Incluso si un funcionario de inmigración actuó ilegalmente al emitir una orden de deportación expedita, la capacidad de un extranjero para impugnar dicha decisión está severamente restringida.
Solo los residentes permanentes, refugiados o personas con asilo pueden interponer una demanda contra la orden de deportación. En 2020, la Corte Suprema ratificó esta ley, al determinar que no violaba el derecho de habeas corpus ni el debido proceso.
“La deportación acelerada se ha convertido en un pilar fundamental del procesamiento de extranjeros en Estados Unidos, especialmente en nuestra frontera sur. Se requieren garantías procesales para garantizar que el proceso no resulte en la deportación de personas, en particular de quienes buscan protección, en contravención de las leyes estadounidenses y las obligaciones internacionales”, concluye el informe de la organización.