EN GACETA: Publicados incentivos fiscales y arancelarios para Zonas Económicas Especiales (ZEE)

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En la Gaceta Oficial No. 6.756 extraordinaria del 10 de agosto de 2023, se dieron a conocer los incentivos fiscales y arancelarios para las Zonas Económicas Especiales (ZEE). Estos decretos establecen la creación de las ZEE de La Guaira y la isla La Tortuga, adaptando las ZEE Militar N° 1 de Maracay, estado Aragua, y la Península de Paraguaná, en el estado Falcón, a la nueva Ley.

Con información de El Nacional

Estas cuatro regiones se perfilan como atractivas para la inversión, tanto nacional como extranjera, con la expectativa de impulsar el turismo y otras actividades industriales en sus áreas. Las ZEE ofrecen beneficios fiscales y tributarios no solo a empresas privadas, sino también a públicas, mixtas o comunales que operen dentro de estas zonas especiales. Para acceder a estos beneficios, las empresas deben estar registradas en el Convenio de Actividad Económica.

Los incentivos incluyen el reintegro del Impuesto Sobre la Renta (ISLR) declarado y pagado en porcentajes progresivos durante un período de hasta 4 años, contados desde el inicio de las operaciones de la actividad económica. En el caso de la ZEE de la Isla La Tortuga, este período se extiende a 20 años. Además, a partir del quinto año y hasta el sexto, el reintegro del ISLR puede alcanzar el 100% si la persona jurídica mantiene un nivel de exportación superior al 60%.

En cuanto a los beneficios arancelarios, se contempla un reintegro por hasta 10 años de los impuestos arancelarios pagados por la importación de insumos y materiales extranjeros utilizados en la producción de servicios turísticos para la exportación, con excepción de los productos producidos en el Territorio Nacional. También se permite la depreciación acelerada de maquinarias y equipos destinados a la producción, y se establece una tarifa preferencial para los servicios logísticos portuarios relacionados con la exportación.

Adicionalmente, se prevé una deducción adicional de la renta a declarar por concepto de enriquecimiento anual de fuente territorial, siempre que no exceda el 10% del monto de utilidad neta. El Ministerio con competencia en economía, finanzas y comercio exterior establecerá los requisitos y procedimientos para la solicitud de reintegros.

Es importante destacar algunas condiciones, como el límite máximo del 100% para la sumatoria de los incentivos por ISLR, la pérdida de beneficios en caso de un nivel de exportación inferior al 60% a partir del séptimo año, y la necesidad de realizar declaraciones de aduana para mercancías extraídas de la ZEE con destino al Territorio Nacional.

Esta ley también ordena la creación de una plataforma exclusiva para la Zona dentro del Sistema de Ventanilla Única de Comercio Exterior de la República, simplificando y automatizando los trámites relacionados con estas Zonas Económicas Especiales.