¡EN UN PLAZO DE 72 HORAS! TSJ exhorta al Comité de Postulaciones a consignar nombres de candidatos a rectores del CNE

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La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, «exhortó» este miércoles al Comité de Postulaciones de la Asamblea Nacional consignar la lista de candidatos a rectores del Consejo Nacional Electoral, en un plazo máximo de 72 horas.

Por: El Cooperante

La decisión, publicada en la web del TSJ y firmada por el magistrado Juan José Mendoza Jover, señala que en un lapso máximo de 72 horas a partir de publicado el auto, el Comité de Postulaciones debe consignar ante la Sala «el listado de ciudadanos preseleccionados para integrar el Consejo Nacional Electoral».

Indica la sentencia N° 0069-2020, con ponencia conjunta de los magistrados y magistradas que integran la Sala Constitucional, que valora positivamente como hecho político la labor adelantada por los diputados Ángel Medina, Luis Aquiles Moreno, Stalin González, Piero Maroun, Olivia Lozano, Franklyn Duarte, William Gil, Nosliw Rodríguez, Jesús Montilla, Julio Chávez y Gregorio Graterol, así como por los ciudadanos Petra Tovar, Orlando Pérez, Mercedes Gutiérrez, Luis Alberto Serrano, Luis Alberto Rodríguez, Guillermo Miguelena, Diana Rodríguez, Eduardo Castañeda, Bussy Galeano y Alexis Corredor, quienes integran el Comité de Postulaciones Electorales.

El Supremo hace el «exhorto» cinco días después de declarar en «omisión legislativa» al Parlamento, en un fallo cuyo texto íntegro se desconoce y que fue dictado como respuesta a un recurso introducido por Felipe Mujica, secretario general del partido Movimiento Al Socialismo.

La Asamblea Nacional, presidida por Juan Guaidó, rechazó el fallo y argumentó que el Comité de Postulaciones seguía vigente, pues el Parlamento «es el único facultado para designar autoridades de los poderes».

A pesar de la sentencia, Juan Guaidó reconoció en una entrevista concedida a El Diario, que existían «contactos» entre el Comité de Postulaciones y representantes del régimen de Nicolás Maduro, pero insistió en que la oposición no acudiría a un proceso electoral si los rectores del ente comicial terminaban siendo designados por el TSJ, controlado por Maduro.