Corte-IDH condena a Venezuela por un caso de violencia obstétrica en un hospital privado

0
456

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH) emitió una condena contra Venezuela por violaciones de los derechos de Balbina Francisca Rodríguez Pacheco, quien fue víctima de violencia obstétrica en un hospital privado en 1998.

En un acto de notificación de la sentencia a las partes, la Corte-IDH declaró que Venezuela es responsable por violaciones del derecho a la salud, a la integridad personal, a las garantías judiciales y a la protección judicial, así como a la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer.

La sentencia destaca la falta de diligencia en el proceso que se inició a raíz de la denuncia de Rodríguez Pacheco y el incumplimiento de los estándares interamericanos en cuanto al plazo razonable para acceder a la justicia en casos de violencia obstétrica y mala praxis médica cometida por agentes no estatales.

Los jueces interamericanos encontraron indicios de violencia obstétrica y mala praxis médica, pero señalaron que la respuesta estatal ante la denuncia de la mujer tuvo irregularidades que contribuyeron a la prescripción de los delitos denunciados.

La sentencia ordena al Estado pagar una indemnización a la víctima, investigar a los funcionarios acusados de irregularidades y aplicar las sanciones correspondientes después de un debido proceso.

El caso se remonta a agosto de 1998, cuando Rodríguez Pacheco, una médica, ingresó a una clínica privada para un control prenatal y fue informada sobre los riesgos de un embarazo de alto riesgo debido a cirugías previas y a una «placenta previa centro cursiva». Los procedimientos quirúrgicos realizados por el equipo médico causaron graves secuelas a Rodríguez, según la demanda.

En enero de 1999, la mujer presentó una denuncia contra el médico y el equipo ante las autoridades judiciales venezolanas. Sin embargo, en marzo de 2012, el caso fue sobreseído debido a la prescripción extraordinaria a favor de los imputados.

En su sentencia, la Corte Interamericana determinó que los Estados deben establecer mecanismos de denuncia eficaces para reconocer la violencia obstétrica como una forma de violencia contra la mujer cuando una mujer alegue ser víctima de actores privados. Además, los Estados deben investigar los hechos con diligencia, sancionar a los responsables y proporcionar a la víctima una compensación justa y eficaz.

La Corte-IDH también señaló la responsabilidad de los Estados en la prevención de actos de violencia obstétrica por parte de terceros y en la regulación y fiscalización de la asistencia sanitaria.