Día Mundial de la Justicia Penal Internacional

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Hace 25 años se firmó en Roma el Estatuto que da nacimiento a la Corte Penal Internacional. Un proceso largo y complejo que se inicia con entusiasmo a mediados del siglo XIX, basado en las ideas de Gustave Moynier y Henry Dunant, ante el horror de las guerras que dejaban sufrimiento y desolación.

El Nacional

El camino a Roma fue difícil, complejo. Después de la Primera Guerra Mundial, con el Tratado de Versalles de 1914, se plantea por primera vez la posibilidad de juzgar a un jefe de Estado por los crímenes cometidos durante un conflicto armado. El emperador Guillermo II de Alemania debía ser juzgado y castigado, pero encontró asilo en Holanda, en donde habría de morir muchos años más tarde.

Después de 1914 hubo algunos intentos, pero sin éxito. La comunidad internacional no estaba aún preparada para crear un tribunal internacional que castigara a los responsables de crímenes internacionales, es decir, de crímenes que afectaban la conciencia de la humanidad. Los gobiernos y las instituciones internacionales no fueron capaces de lograr acuerdos para la creación de un tribunal penal internacional. Sin embargo, la academia y la sociedad civil realizaron esfuerzos logrando conclusiones importantes que serán considerados en el proceso hacia los tribunales de Nuremberg y de Tokio, en 1945, para juzgar a los responsables de las atrocidades de la Segunda Guerra Mundial.

La comunidad internacional se compromete a luchar en contra de la impunidad, hasta erradicarla y a crear una institución con competencias específicas, de carácter permanente, para sancionar a los autores de los crímenes internacionales más horrendos que recoge el Estatuto: genocidio, crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad y agresión. El proceso de creación del tribunal continuó en medio del enfrentamiento este-oeste hasta que las circunstancias políticas permitieron la creación por el Consejo de Seguridad de Tribunales ad hoc para la ex Yugoslavia y Ruanda, el precedente más próximo a la creación de la Corte Penal Internacional.

La justicia internacional era un anhelo. La creación de la Corte era la esperanza para las víctimas. Para muchos era imposible, pero el empeño de los gobiernos en esta nueva fase y de la sociedad civil harán posible que el 17 de julio de 1998 se adoptara el Estatuto de Roma, texto constitutivo de la Corte Penal Internacional, una instancia jurisdiccional internacional permanente, complementaria de los tribunales nacionales que tendrían la responsabilidad primordial de investigar los hechos y juzgar y sancionar a quienes desde el poder ordenaran, promovieran o consintieran la comisión de esos crímenes que como dice el preámbulo del Estatuto “desafían la imaginación y conmueven profundamente la conciencia de la humanidad”.

La Corte funcionará no como un órgano superior de los órganos nacionales, sino como una instancia complementaria que ejercerá su jurisdicción cuando los tribunales nacionales no puedan hacerlo o no tengan la intención de hacerlo para sancionar a los responsables de crímenes internacionales.

A 25 años de su creación nos preguntamos sobre su efectividad en la lucha por la justicia internacional. El Estatuto es un texto complejo que recoge un Código de Derecho Internacional Penal y un Código de Derecho Procesal, producto de arduas negociaciones en el que se consideraron visiones distintas, políticas, culturales, religiosas y aunque no necesariamente opuestas, el derecho anglosajón y el derecho continental, principalmente.

En 25 años destacan sus debilidades y sus fortalezas. Si bien es una instancia internacional, su universalidad y esa es quizás su primera debilidad, está cuestionada por la ausencia de países importantes que además representan gran parte de la población mundial: Estados Unidos, China, Rusia y la India, entre otros. Su acción depende de la voluntad y de la cooperación de los Estados, lo que a veces no es posible por el uso desmedido de las prerrogativas que otorga el poder, Rusia por ejemplo; o por el uso de la soberanía como escudo para sustraerse de la justicia internacional.

A pesar de esas debilidades que no dejan de ser graves y que esperamos se superen con el tiempo, cuando los Estados entiendan que estamos en el camino hacia la constitución de una verdadera comunidad internacional en donde los intereses colectivos deberán prevalecer, la Corte existe y funciona y ha tenido logros importantes.

En este período ha iniciado investigaciones en 17 países luego de haber concluido el Examen Preliminar, tras determinar que hay razones fundadas para considerar que se han cometido crímenes internacionales objeto de su competencia. Entre otros, Libia, Georgia, Mali y Venezuela. Se han condenado a 5 personas por crímenes de guerra y de lesa humanidad, de la República Democrática del Congo, Mali y Uganda. Se han procesado y citado a varios jefes de Estado, entre ellos Gadafi, de Libia; Laurent Gbagbo, de Cote de Ivoire; Al Bashir, de Sudán y Vladimir Putin, de Rusia. Se han iniciado 31 causas en relación con 50 sospechosos o acusados.

La Corte ha logrado en este período perfeccionar sus reglas, interpretar su Estatuto, aplicarlo y sobre todo generar confianza en las víctimas que por primera vez ven en una organización internacional de carácter penal acudir para plantear sus casos y solicitar reparación, como es el caso de Venezuela, en el que más de 1.000 víctimas han remitido información veraz a la Fiscalía y a las Salas de la Corte para demostrar que en el país se han cometido crímenes de lesa humanidad.

La efectividad de la Corte tiene un efecto disuasivo importante, aunque algunos regímenes y altos funcionarios lo desprecien. Todos los que han incurrido e incurren en la comisión de crímenes objeto de su competencia deben saber que en algún momento sus casos estarán en la Corte y su responsabilidad penal internacional individual será determinada.

Hoy celebramos el Día Mundial de la Justicia Penal Internacional